La Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso aprobó la propuesta del Ejecutivo para ampliar las facultades y funciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel). Según Osiptel, la iniciativa fortalecerá su rol fiscalizador y supervisor e incentivará a las empresas de telecomunicaciones a que mejoren la calidad de los servicios que ofrecen.
Entre las novedades consideradas en el proyecto, Osiptel propone elevar su escala de multas impuestas hacia niveles similares a los usados por otras entidades reguladoras o por el Indecopi. Según la iniciativa, la escala de las infracciones leves que hoy fluctúa entre 0,5 UIT y 50 UIT (S/.1.850 y S/.185.000) subiría hasta un máximo de 500 UIT (S/.1’850.000). Las infracciones graves, que van actualmente de 51 UIT a 150 UIT (S/.188.700 – S/.550.000), podrían sancionarse con hasta 1.000 UIT (S/.3’700.000). Asimismo, las infracciones muy graves que hoy varían entre 151 UIT y 350UIT (S/.558.700 – S/.1’295.000) podrán superar las 1.000 UIT.
A decir del propio Osiptel, “es necesario que se modifique la escala de multas, a fin de que el proyecto permita la aplicación de sanciones disuasivas acordes con la realidad del mercado”. Cabe mencionar que Osiptel ya ha impuesto multas a los operadores de telecomunicaciones por más S/.8 millones desde el año 1996.
Veamos algo de teoría económica al respecto. Gary Becker, en su artículo “Crime and Punishment: An Economic Approach”, desarrolla la idea de que los agentes del mercado cometen una infracción si los ‘beneficios’ esperados de cometer el ilícito (que dependen de la probabilidad de detección y de las posibles sanciones que se enfrenten) son mayores que los ‘costos’ de no infringir la ley. Así, según Becker, “las personas se convierten en criminales no debido a que sus motivaciones básicas difieran, sino debido a que sus beneficios y costos difieren”.
En otras palabras, una multa o sanción debe cumplir con el objetivo de desincentivar una mala conducta, pero al menor costo para la sociedad. Sin embargo, no debe generar costos a las empresas superiores a los necesarios para desincentivar la conducta, pues esto afectaría su rentabilidad y, en el extremo, una reducción de la competencia por su salida del mercado. Asimismo, también debe considerarse que, al establecerse una multa mayor, se disminuirá la probabilidad de detección. Lo anterior se debe a que las empresas tomarán mayores precauciones para evitar ser detectadas. Por eso, si bien en teoría la aplicación de multas altas puede aumentar la posibilidad de disuasión, también es necesario destinar recursos a la detección.
El crecimiento de las telecomunicaciones y los nuevos compromisos de fiscalización y supervisión generados por la renovación de contrato con Telefónica Móviles requieren de un Osiptel ágil, fuerte e imparcial. Más que preocuparse por la subida de multas, que no ataca el problema sino que lo exacerba, el regulador debería dedicarse a brindar incentivos adecuados a las empresas para que mejoren la calidad de su servicio y ayudar a desterrar las trabas burocráticas que imponen las municipalidades para el desarrollo del sector. La subida de multas siempre será un instrumento equivocado para corregir un problema de incentivos. Esperemos que el Congreso recapacite.
Publicado en El Comercio, 17 de setiembre del 2013