Iván Alonso
El Comercio, 21 de marzo del 2025
Pero el Congreso, siempre atento a lo que se pueda destruir en materia económica, declaró toda la CTS de libre disponibilidad hasta el 31 de diciembre de este año.
La creación de la compensación por tiempo de servicios (CTS) fue una de las grandes reformas económicas de fines del siglo pasado. Anteriormente la ley disponía que un empleador debía pagar una indemnización a un empleado si lo despedía, pero no si el empleado renunciaba. Ocurría, entonces, lo que en inglés se conoce como un “game of chicken”: ¿quién salta primero? Cuando una relación laboral se agriaba, el empleado prefería no renunciar y, más bien, esperaba a que lo despidieran. El empleador prefería lo contrario; o sea, no despedirlo y esperar a que renunciara. La pérdida de productividad era enorme. El entonces ministro de trabajo Alfonso de los Heros, que dimitió dignamente el 5 de abril de 1992, tuvo la brillante idea de desvincular el pago de la indemnización de la causa formal del cese de la relación laboral.
Con la nueva ley, los empleadores tenían (y tienen todavía) la obligación de depositar dos veces al año media remuneración mensual en una cuenta bancaria a nombre del empleado, de la cual sólo podía retirar fondos cuando dejara su trabajo, por la razón que fuera. La CTS se convirtió en un seguro de desempleo casi perfecto. Casi, porque en tanto un empleado siguiera en el mismo trabajo, los fondos se acumulaban sin límite, lo que equivalía a un seguro mayor de lo que se necesita en un país en que un desempleado encuentra un nuevo trabajo, en promedio, en dos a tres semanas. Eso se corrigió limitando el monto intangible a cuatro veces el sueldo vigente, lo que debería ser suficiente para que el 80% o 90% de los desempleados mantengan su nivel de vida hasta conseguir otro trabajo.
Pero el Congreso, siempre atento a lo que se pueda destruir en materia económica, declaró toda la CTS de libre disponibilidad hasta el 31 de diciembre de este año. Ahora está a punto de aprobar una extensión por un año más. Hasta los congresistas que están en contra votarán a favor. Dirán seguramente que es por única vez, pero todos sabemos que luego vendrán otra y otra y otra más, hasta que finalmente la CTS pierda su utilidad.
¿Por qué un librecambista debería preocuparse por la eventual desaparición de la CTS? Pues porque, conociendo como conocemos a nuestros pescados, no pasará mucho hasta que vuelva a crearse por ley la indemnización por despido y regresemos adonde estábamos treinta y tantos años atrás.