Por: Felipe Morris
Perú21, 27 de octubre de 2020
La semana pasada, la Comisión de Reforma de Pensiones aprobó solicitar al Congreso una extensión de 60 días para ampliar la vigencia del grupo de trabajo, lo que pospondría la presentación del proyecto de ley hasta fines de diciembre. Esperemos que sea así, ya que las propuestas que se han aprobado por la comisión son muy controversiales y son rechazadas por más del 90% de los afiliados al sistema privado que ven con preocupación que sus fondos sean administrados siguiendo directivas de una nueva entidad pública que estaría subordinada al gobierno de turno.
Esta ampliación permitiría que la opinión pública exprese su oposición a las propuestas radicales de reforma, que incluyen la obligación de que todos los aportantes en el futuro contribuyan con una parte de sus remuneraciones a un “fondo de riesgo compartido” que realmente es un fondo colectivo de reparto en el que, para efectos prácticos, nos expropiarán parte de nuestro ahorro para financiar pensiones para otros que no habían ahorrado lo suficiente. Cuando se le pregunta específicamente a la presidenta de la comisión sobre la naturaleza solidaria del fondo, da respuestas evasivas porque sabe que hay mucha oposición a dicha propuesta.
Se menciona que esta propuesta viene de la OECD, pero esto no es exacto, ya que si bien dicha institución proponía dividir los aportes para que una parte sea administrada por gestores privados (que ellos recomendaban que sean las propias AFP bajo el régimen vigente) y otra por un gestor público, en ambos casos los fondos serían de capitalización individual, donde el aportante tendría siempre la propiedad y sería el único receptor de las pensiones que se generen con sus ahorros. Cuando los de la OECD me presentaron su propuesta hace un año, les pregunté la razón para recomendar dos fondos si ambos iban a ser de capitalización individual y de uso exclusivo del aportante. Me dijeron que así funcionaba en países de la OECD y, por tanto, no podían sugerir algo distinto. Una justificación nada convincente.
Por el contrario, la comisión propone usar los aportes al fondo público para financiar pensiones de terceros, lo que, para efectos prácticos, es una expropiación. Además, esta propuesta atenta contra el artículo 11 de la Constitución, que indica que “el Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas”. Por lo tanto, es inconstitucional ya que limita nuestra libertad de elegir, por lo que no se debe aprobar.