Por: Federico Salazar
El Comercio, 28 de enero del 2024
“El avance económico se hizo con capital, pero también con trabajo y sacrificio”.
El Séptimo Juzgado Civil-Comercial de la Corte Superior ha ordenado que Rutas de Lima no cobre peaje en Puente Piedra. Manda suspender una parte del contrato, el cierre de las garitas y designa un veedor, que supervisa el cumplimiento, y establece una “contracautela” de S/700.000.
Si era así de fácil, ¿por qué no se hizo antes? Pues porque no se puede hacer.
Cuando se firma un contrato, las partes establecen cómo resolver sus controversias. Algunos plantean ir al Poder Judicial; otros, a tribunales arbitrales. El caso de la concesión de Rutas de Lima es este.
¿Qué tiene que hacer, entonces, el Poder Judicial en la controversia? ¡Nada!
Los demandantes quieren proteger el derecho al libre tránsito y exigen la anulación del contrato, por tener fines ilícitos. Ningún contrato de concesión elimina el libre tránsito. Es como decir que las compañías aerocomerciales impiden el libre tránsito aéreo porque cobran pasajes.
El juez hace suya la demanda de la Asociación Casa Huerta El Paraíso. No solo es contra Rutas de Lima, sino también contra la Municipalidad de Lima y el fondo de inversiones Brookfield, entre otros.
Los contratos de concesión reconocen el derecho a las rutas alternas. La antigua Panamericana Sur, por ejemplo, es alterna al tramo de la Panamericana Sur dado en concesión a Rutas de Lima. ¿La hizo o la tuvo que hacer Rutas de Lima? No.
Las rutas alternas son responsabilidad de la municipalidad. En el caso de Puente Piedra hay una ruta alterna, solo que maltrecha, olvidada y nunca reparada o reasfaltada.
Los contratos de concesión son justamente para eso. ¡Para que alguien invierta en la pista! Muchos años atrás, la Panamericana Sur estaba a cargo del Estado. La pista tenía huecos, era mucho más estrecha y carecía de señalización adecuada.
Las concesiones se dieron para poder obtener fondos para la reconstrucción de las carreteras. Por supuesto, nadie regala US$500 millones. Se hace como un negocio: tú me pones la pista bien; yo te doy los peajes.
Todo eso está previsto en los contratos. La actualización de los valores también.
Desconocer contratos y concesiones nos llevaría de regreso a los años 60 y 70; es decir, seis décadas hacia atrás. No solo eso. Pondría al Perú en la lista de los inelegibles para inversiones extranjeras. Se echaría abajo una de las bases del avance económico de las últimas décadas.
El avance económico se hizo con capital, pero también con trabajo y sacrificio. Ese trabajo y ese sacrificio se tirarían por la borda. Además, arruinaríamos nuestro futuro.
El problema de los pobladores debe atenderse. Tienen derecho a buenas vías para su traslado. En este caso, depende de la municipalidad hacer la inversión de las rutas alternas. Por lo menos, debería mejorar el camino a su cargo.
Lo más grave de la resolución cautelar del juzgado civil-comercial es la introducción de la política en la judicatura. El juez no es competente para ver el caso, pero ha hecho su manifiesto político sobre los derechos humanos.
Tomar los peajes equivale a confiscarlos. Se hizo una inversión y, lejos de cumplir con lo pactado, te quito aquello por lo que pagaste. No podemos dejar que ese principio prospere. Ni siquiera con el pretexto de un supuesto libre tránsito.