Entrevista a Enrique Ghersi
Expreso, 11 de diciembre del 2023
Por: Wilber Torres
Los lineamientos y posiciones que tiene organismo internacional de DD.HH. no se alinean a los intereses del país.
La discusión sobre si el Perú debe permanecer adscrito a la Convención Americana sobre Derechos Humanos ha vuelto a tomar revuelo tras la reciente liberación del expresidente Alberto Fujimori ordenada por el Estado peruano.
Y es que, frente a esta decisión adoptada por el Tribunal Constitucional en el marco del ordenamiento jurídico interno, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunció en contra y pretendió ordenar al Estado peruano a que se abstuviese de ejecutar un fallo del máximo organismo interpretativo de la Constitución Política.
En ese contexto, el abogado constitucionalista Enrique Ghersi sostuvo que el comportamiento demostrado por la Corte IDH frente a esta situación evidencia que no existe un lineamiento entre las posiciones que tienen el Perú y la Corte-IDH en relación al respeto de los intereses nacionales y la soberanía.
“A estas alturas ya queda claro que los intereses del país no tienen ninguna relación con esta invasión de fueros soberanos que pretende hacer la pseudo corte de Costa Rica. Estos señores no han sido elegidos por nadie y pretenden gobernar, estar por encima, de gobiernos electos democráticamente”, dijo.
Incongruencia de la Corte IDH
“En el último caso ha sido muy escandaloso, porque este señor presidente de la Corte Interamericana, hacia la medianoche de la semana pasada antes de la liberación de Alberto Fujimori, pretendió dictar una medida cautelar que era absolutamente ilegal e incongruente (…) La Corte no es una cuarta instancia ni menos un tribunal de casación que pueda resolver sobre fallos de la Suprema ni menos del TC”, agregó.
Ghersi recordó que “la fórmula de salir de la competencia contenciosa” de la Corte-IDH ya se intentó durante el gobierno de Fujimor sin ningún resultado. Por ello, sostiene que el Estado peruano denuncie la Convención Americana de Derechos Humanos y proceda con retirarse de sus alcances legales, tal y como está establecido en el artículo 78° de la misma Convención.
“El procedimiento es así: para salir de la Convención, la presidenta tiene que formular la denuncia respectiva y, como es un tratado de derechos humanos, esa denuncia tiene que ser aprobada por el Congreso, según establece la propia Constitución Política. Entonces, se requiere una doble votación: de un lado el presidente del Consejo de Ministros; de otro lado, tiene que haber una resolución legislativa aprobando la salida del Perú del convenio”, explicó.
Multa como sanción
Pese a que algunos opinólogos han avizorado escenarios casi apocalípticos tras la decisión del Estado peruano de desobedecer la orden de la Corte IDH de no liberar a Alberto Fujimori, Ghersi precisó que la máxima sanción que podría recaer sobre el país es una multa económica.
“El Perú es un país soberano que perfectamente puede ignorar cualquier decisión de la corte que atente contra su soberanía. (…) “Queda claro que quien decide en el Perú son las autoridades electas democráticamente, y que no corresponde que la Corte pretenda imponer una voluntad política a un gobierno democráticamente elegido”, sentenció.