Apoyándose en que el Gobierno declaró de “interés nacional” la cadena del algodón, el Indecopi inició de oficio (sin que los productores nacionales lo pidieran formalmente) investigaciones para imponer medidas compensatorias al algodón de Estados Unidos y medidas ‘antidumping’ a la ropa de China. Ambas sobretasas son cobradas en Aduanas y, curiosamente por ley, son dinero que va al propio Indecopi cuando decide imponerlas.
Sobre la investigación contra la ropa china, recordemos que el ‘dumping’, según la Organización Mundial de Comercio (OMC), ocurre cuando una empresa exporta bienes a un precio menor al que los vende en su propio mercado.
Bajo la OMC, un país miembro puede imponer estas sobretasas si demuestra que existe la práctica de ‘dumping’ y que esta causa un daño significativo a la producción nacional, lo cual no ha sido demostrado por el Indecopi en esta investigación, en la que extrañamente además decidió investigar a todo un sector y no a un producto, como manda la OMC. Esto evidencia una intención de sacar de competencia a todas las prendas de vestir chinas.
El Indecopi llevó esta investigación cometiendo serios errores metodológicos y violaciones a las normas y acuerdos vigentes. Empezó incumpliendo el requisito de probar evidencia de ‘dumping’, de daño a la producción nacional, y de que el presunto ‘dumping’ causa ese daño. Encargó al INEI una encuesta sobre el sector, cuyos resultados demostraron que los confeccionistas peruanos tenían un sólido desempeño (aumentó su producción, ventas, salarios, etc.). El Indecopi descartó esa encuesta, hizo cuestionarios a empresas para tratar de encontrar lo que no encontró el INEI y agrupó los cientos de productos investigados en 15 categorías, en las que comparó precios de corbatas con precios de bufandas, precios de ropa de fibras finas con precios de accesorios sintéticos, etc. Esto no es comparar precios de productos similares como dispone la OMC. Además, el Indecopi impondría medidas contra China basándose en una submuestra de 145 empresas de un total de 16.000, con un margen de error de 48%. Impresentable para una institución técnica como el Indecopi.
Imponer así ‘antidumping’ a la ropa china no solo perjudicará a millones de peruanos (especialmente a los más pobres, que pagarán ropa más cara), sino que arriesgará la relación comercial con China, que durante todo el proceso, lógicamente, se ha sentido muy agredida. ¿Encarecer la ropa a los peruanos es trabajar por la inclusión social? ¿Y si China tratara así a nuestras exportaciones agrícolas y pesqueras?
La competencia desleal que aducen los promotores de las medidas ‘antidumping’ no es causada por la importación legal de ropa desde China, sino por el contrabando y la subvaluación, como bien lo han afirmado las autoridades del sector y los propios confeccionistas.
No nos engañemos. En este caso se intenta favorecer a unos pocos a costa de todos los peruanos. Las dos medidas proteccionistas son dañinas: poner sobretasas al algodón de Estados Unidos o a las confecciones chinas. En el caso de las prendas de vestir, no es tarea del Indecopi solucionar el contrabando y la subvaluación, sino de la Sunat, que debe enfrentarlos de una buena vez y con coraje. Enfrentemos el problema real con los mecanismos adecuados y no vayamos por la vía fácil del proteccionismo.