Anibal Quiroga
Perú21, 15 de marzo del 2025
«Tampoco son tantas las causas de garantía aprobadas por el TC: no más del 12% son acogidas».
El Tribunal Constitucional (TC) llegó para quedarse. Instaurado por la Constitución de 1979, entró en vigencia en julio de 1980 con la primigenia denominación “Tribunal de Garantías Constitucionales”. Llegó en paracaídas, sin que nadie lo pidiera y casi sin que nadie lo esperara. Después de 40 años es una institución esencial que corresponde al núcleo duro de la Constitución. Si se tuviera que hacer una nueva, siempre habría TC.
Creado por Kelsen en 1918 para Europa, sobre la estructura del control difuso norteamericano, es uno de los sistemas de control constitucional y un mecanismo para dirimir las inevitables tensiones en el interior de una democracia constitucional. Es un gran árbitro constitucional. Es el VAR de la Constitución a donde se recurre para desentrañar las crisis políticas y constitucionales a partir de la necesaria interpretación de la Constitución.
La señora presidenta del TC, honorable dama y jurista, ha señalado que el TC soporta mucha carga procesal, lo cual es verdad. Todas las altas Cortes de Justicia, y también los tribunales constitucionales, están atiborrados de causas. La Corte Europea de Derechos Humanos tarda cinco años en pronunciarse. El TC español otro tanto, y así sucesivamente porque el derecho procesal no ha inventado hasta ahora una fórmula eficaz para la administración de justicia en el mundo. Pero ella no ha tenido mejor talante que echar la culpa a los abogados —los defensores de los ciudadanos— del volumen de causas en el TC.
El TC no recibe muchas causas de inconstitucionalidad ni de competencia. No superan 30 al año. Sin embargo, le llegan más de 6,000 de garantía. Eso no es culpa de los pobres abogados; es culpa del fallido sistema de justicia y de un PJ feble, provisional e impreparado que no da justicia obligando al ciudadano a rebuscar en el TC un resquicio de la justicia negada. Lamentamos contradecir respetuosamente a la presidenta del TC. El sistema constitucional es el que confiere a los ciudadanos este último recurso al TC.
Tampoco son tantas las causas de garantía aprobadas por el TC: no más del 12% son acogidas. Es una válvula de escape que permite lograr la justicia constitucional cuando se niega la justicia ordinaria. Lo que pasa es que al TC llegan personas de muy distinta formación, todas de altísimo nivel, pero de distinta extracción profesional. No todos han sido jueces, ni abogados ejercientes, algunos nunca han firmado una demanda y no conocen el otro lado de la orilla del proceso. No todos comprenden que los abogados no son más que uno de los platos de la balanza judicial.
Lo que olvidan autoridades, jueces y fiscales, es que antes de ser magistrados han sido abogados, y cuando irremediablemente dejen sus cargos, volverán a ser abogados. No vaya a ser que se cumpla la admonición shakesperiana en el verso de Enrique VI: “Lo primero que haremos será matar a todos los abogados”.