Por: Adriana Tudela
El Comercio, 16 de Agosto del 2022
Escrito por: Junior Miani
Proyecto, que fue presentado por la congresista Adriana Tudela, advierte inconstitucionalidad de la norma del Ejecutivo.
El 11 de agosto pasado, Adriana Tudela, congresista de Avanza País, presentó el proyecto de ley 2792/2022, que busca derogar el Decreto Supremo 014-2022-TR, norma que modificó más de 30 artículos del reglamento de la ley de relaciones colectivas de trabajo. Este documento fortalece los incentivos para una mayor afiliación de trabajadores a los sindicatos y para que solo estos últimos acudan a un arbitraje si no hay acuerdo con el empleador en una negociación por rama y en otros niveles. Así, se impide que sea únicamente el empleador el que eleve un caso a arbitraje.
La norma también flexibiliza las condiciones para legalizar las huelgas y las limitaciones para que las empresas puedan mitigar los efectos de estas paralizaciones. Asimismo, establece que los trabajadores sindicales tienen el derecho de solicitar el estado financiero y las boletas de pago de remuneraciones de sus empresas contratantes antes de iniciar una negociación. El decreto fue emitido el 24 de julio pasado.
—Al detalle—
La iniciativa de Avanza País se fundamenta en tres puntos. En primer lugar, el proyecto de ley señala que el artículo 51 de la Constitución establece que esta prevalecerá sobre toda norma legal.
“Se modifica sustancialmente el contenido de la ley de relaciones colectivas de trabajo, contraviniendo ampliamente lo dispuesto en la normativa vigente y en la Constitución, afectando gravemente la productividad del país, vulnerando el equilibrio de las relaciones colectivas entre empleadores y trabajadores”, advierte la propuesta.
En segundo lugar, la iniciativa argumenta que la norma del Ejecutivo contraviene al principio de razonabilidad, pues no se corroboró la idoneidad y proporcionalidad de su aplicación. “No se observa que el decreto haya desarrollado entre sus considerandos o a través de algún informe previo la razonabilidad detrás de la modificación de más de 30 artículos […] más aún cuando los derechos de sindicación, negociación colectiva y huelga ya cuentan con un marco jurídico de proyección a nivel legal”, indica.
Como un tercer punto, se asegura que la norma afecta los límites de la libertad sindical y la huelga al impedir que los trabajadores independientes de los sindicatos puedan laborar cuando se produzca una. El proyecto de ley cuestiona, además, que estos cambios se aprobaran sin ser debatidos previamente.
—Efectos—
Según especialistas, la propuesta está bien argumentada, pues se sostiene en que un reglamento no puede modificar una ley, yendo en contra de la Constitución.
“El decreto del Ejecutivo tiene varios artículos inconstitucionales, como que los trabajadores sindicalizados vean los sueldos de los no sindicalizados, o que solo los sindicatos puedan acudir a arbitrajes ante controversias. Si no se deroga, afectará la productividad de las empresas y habrá huelgas por montones”, afirmó Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama.
Por otro lado, Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors, indicó que además de la vía legislativa, la norma puede derogarse judicialmente. “Desde el reglamento de la tercerización el Poder Judicial se ha pronunciado a favor de las empresas. Si la norma de la congresista Tudela no se aprueba, seguramente el Poder Judicial a través de medidas cautelares o el Indecopi por barreras burocráticas se pronuncien en contra”, indicó.