Carlos E. Gálvez Pinillos
Expresidente de la SNMPE
Para Lampadia
El Estado peruano, al igual que todos los Estados del mundo que se respeten, tiene derecho a exigirle a sus ciudadanos la información que considere conveniente y a gestionar por todos los medios a su alcance, aquella información que requiera para asegurar la recaudación tributaria, tener bajo control los movimientos de dinero que podrían implicar; lavado de dinero, evasión tributaria y financiamiento del terrorismo, entre otras actividades delictivas.
El asunto sería sencillo si contáramos con instituciones sólidas, que respeten las normas y parámetros de legalidad, con las se maneje la información antes mencionada. El problema se complica, cuando alguno de los poderes del Estado es infiltrado por la delincuencia y está claro que en nuestro país, desde el poder ejecutivo (empezando por una seguidilla de ex-presidentes y ministros), el congreso, al que en los últimos años se le fue incorporando la delincuencia, al punto que algunas fuerzas del lumpen lo tienen controlado. El sistema judicial, con muchos jueces y fiscales descalificados (para muestra “los cuellos blancos del puerto”, por no recorrer todo el país y confirmar lo dicho con múltiples ejemplos).
En estas circunstancias, estamos observando que la Comisión de Defensa del Consumidor del congreso, después que le atribuyeron facultades de comisión investigadora, ha tenido el atrevimiento de solicitar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que le entregue una copia espejo de un sinnúmero de datos e información recibida por esta entidad, incluyendo información de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Ante esto, la jefe de la SBS, Sra. Socorro Heysen, ha explicado que este pedido “pone en riesgo la reputación, la seguridad y hasta la vida de los ciudadanos”.
Debemos tener claro, que las normas legales que le permiten a la SBS y a la SUNAT a exigir a los ciudadanos, así como la atribución de recibir información proveniente de múltiples países, en base a acuerdos internacionales, también obligan al Estado peruano a la reserva de tal información. Esta obligación de reserva está protegida por la Constitución y la ley, incluyendo la ley de protección de datos y su no cumplimiento, es sancionable. Las comisiones investigadoras del congreso tienen derecho a solicitar información puntual, referida a casos específicos bajo investigación. La otra forma de obtener igualmente información puntual, es mediante mandato judicial. Lo dicho significa, que ninguna comisión del congreso puede solicitar se le proporcione un “archivo espejo”, sin límites de la información manejada de manera reservada por estas instituciones.
Resulta importante remarcar, que esta prerrogativa y derecho de los Estados, se ha instituido de manera universal, partiendo del supuesto de un Estado conducido por gente honesta, que respeta las instituciones y guiado por intereses superiores orientados al bien común. En el mundo, nadie se ha puesto ante el escenario en que la delincuencia pueda capturar al Estado y valerse del poder que este control le confiere, para a partir de eso, ampliar su accionar delictivo. Eso no se puede permitir, lo contrario implica ratificar un elemento adicional para considerarlo un Estado fallido.
Creo que la ciudadanía debe cerrarle el paso a esta pretensión, caso contrario, los propios ciudadanos tenemos el derecho de entrar en rebeldía, en contra del uso de estos poderes por parte de la delincuencia y al efecto, suspender sus declaraciones juradas, no proporcionar más información que pueda caer en manos del lumpen, con fines delictivos e insospechados.
Si los poderes del Estado, los mismos que han sido diseñados considerando los contrapesos necesarios para evitar estos excesos, no ponen coto a esta situación, somos los ciudadanos quienes debemos poner freno, por todos los medios a este riesgo y curarnos en salud. Debemos denunciar estas pretensiones ante organismos internacionales y hacer que el Perú quede excluido, cuando menos, de los convenios internacionales de cooperación y cruce de información financiera, en protección de la integridad de los ciudadanos frente a la delincuencia que haya tomado el poder. Independientemente, debemos asegurarnos que esta información sea de uso exclusivo de la entidad que la recibe en primera instancia, permitiendo su uso exclusivamente al poder judicial, ante mandato expreso del juez a cargo de la causa. Lampadia