Jaime de Althaus
Para Lampadia
La reunión que hoy sostendrá el presidente del Consejo de Ministros con los representantes de Fuerza Popular es clave. Tiene que centrarse no en el tema del adelanto de elecciones, que es negativo para el país en todo sentido, sino en la causa alegada por el gobierno para optar por esa propuesta: la inmunidad parlamentaria. Lo que el Primer Ministro y Fuerza Popular deben discutir es una fórmula inmunidad que se sitúe en alguna parte entre el proyecto del Ejecutivo y la ley aprobada por el Congreso. Se trata de acordar una regla satisfactoria para ambas partes. Si se logra, nuestra democracia demostrará que puede encontrar soluciones basadas en el diálogo y no en la ruptura o la imposición. Habrá dado un salto cualitativo.
No es difícil. Fórmulas de inmunidad que permitirían llegar a un acuerdo existen, y se presentaron en el propio debate de la Comisión de Constitución. Lo que hace falta es voluntad de diálogo.
La fórmula de Velásquez Quesquén
Quizá la más completa es la que presentara Javier Velásquez Quesquén, que me la resumió de la siguiente manera: “en delitos comunes anteriores a la elección de congresistas, no hay inmunidad de proceso. Si, habiendo sido elegido, se le impone al congresista electo o en función una detención preliminar, una prisión preventiva o se le condena en primera instancia, en los próximos 15 días improrrogables, el Congreso suspenderá al parlamentario hasta por el término de un año. Si al vencimiento de este plazo el Poder judicial no ha resuelto el caso, el parlamentario es reincorporado al Congreso.
Si la sentencia es firme y tiene autoridad de cosa juzgada, el Poder judicial solo pondrá en conocimiento del Congreso la sentencia para que éste, en el término de las 72 horas que tomó conocimiento, proceda a incorporar al accesitario. Por último, a los plazos se les aplica el silencio parlamentario positivo”.
Inmunidad sin impunidad
Es una regla que da claras garantías de que la inmunidad no será impunidad. Eso es lo importante, porque la inmunidad como tal, sin impunidad, es necesaria. Por lo menos en el Peru. Un reconocido miembro del Tribunal Constitucional (TC) me comentaba lo siguiente: “La inmunidad es importante en un país como el nuestro. En los cinco años que llevo en el TC he participado en la resolución de alrededor de 10,000 casos. En aproximadamente 200 de ellos, quienes fueron desfavorecidos por la decisión me han denunciado ante el Congreso. En el 100% de los casos, éste ha declarado tales denuncias como improcedentes. Ciertamente, no le recomendaría a nadie ser magistrado del TC —o congresista, para el caso— si no se tuviera derecho al filtro de las denuncias en el Congreso”.
Víctor Andrés García Belaunde agrega lo siguiente: “La inmunidad es necesaria para poder fiscalizar (e investigar). Si se elimina también se elimina esa posibilidad”.
García Belaunde, Torres y Violeta
Además, aporta su propia fórmula: me explica que el problema está en los que ingresan al Congreso con procesos judiciales, que son el 95% de los casos. Se podría aprobar que no haya inmunidad incluso para el que tenga denuncia fiscal antes de ser elegido.
“El fiscal representa al Estado y a la sociedad. Si él te acusa con pruebas (se supone) no deberías postular a ese Estado que te acusa. Por lo menos hasta que no esté aclarado todo”.
Miguel Torres, por su parte, me recuerda la propuesta que él presentó: “que los procesos anteriores a la elección no se detienen. En los nuevos procesos a congresistas electos, el levantamiento de la inmunidad estaría a cargo del Tribunal Constitucional directamente y solo el levantamiento de la inmunidad por arresto sería vista primero en el Congreso y luego de 30 días, si el Congreso no se pronuncia, lo hace el TC”
Gilbert Violeta propone algo parecido: “Dado que el Congreso ya aceptó que sea el TC quien extraordinariamente vea el levantamiento de inmunidad (cuando el Parlamento no lo aprueba en 45 días), una fórmula intermedia entre lo propuesto por el Ejecutivo y lo aceptado por el Parlamento sería que el TC se convierta en el fuero regular de levantamiento de la inmunidad, a pedido del Poder Judicial (y ya no el propio congreso)”.
Tribunal Constitucional se negaría
Pero Milagros Campos, integrante de la Comisión de Alto Nivel que elaboró la propuesta del Ejecutivo, opina que no es buena idea darle dicho rol al Tribunal Constitucional, por lo siguiente: “Primero, el TC debe reservarse para revisar cualquier acción de garantía constitucional, sin adelantar opinión. Es el árbitro. Segundo, sus miembros son nombrados por el Congreso y, tercero, alegará, cómo en el caso de la Junta Nacional de Justicia, que no está en sus funciones”.
Conclusión
Por eso, quizá la regla más limpia y clara es la que propone Velásquez Quesquén. Puede haber mejores. Del diálogo saldrá la más conveniente. Como fuere, el hecho es que no es difícil lograr un punto de encuentro entre el Ejecutivo y el Congreso en este tema. Nos ahorraría el trauma del adelanto de elecciones con todas las consecuencias que traería consigo. Lampadia