Con la venia del gobierno
Jaime de Althaus
Para Lampadia
El ataque a las empresas mineras no cesa. Al incendio de Apumayo y las paralizaciones de Breapampa, La Inmaculada y Antamina hace pocas semanas, se suman el bloqueo a Las Bambas que ya lleva 27 días, la interrupción de la vía de acceso a la mina Cerro Lindo en Ica que lleva ya más de una semana y que ha determinado la suspensión de sus operaciones, y el bloqueo a Minas Justa. Lo que está ocurriendo es que, ante la inacción del gobierno, las dirigencias y activistas locales perciben que tienen luz verde de parte de las autoridades nacionales para bloquear y extorsionar a las empresas, y que eventualmente van a recibir el apoyo de los funcionarios gubernamentales.
Eso fue lo que ocurrió en Chumbivilcas, donde, como informamos la semana pasada, los delegados del ministerio de Energía y Minas se pusieron abiertamente del lado del Frente de Defensa contra la empresa. Es decir, convalidaron el bloqueo y se sumaron a la extorsión. Por ello la PCM los retiró del escenario y envió al viceministro de Gobernanza territorial, que, sin embargo, tampoco ha resuelto el problema. Antes bien, ante la propuesta de la mina de que las comunidades, que están fuera del área de influencia y están situadas a 100 y 200 km de la operación, participaran con 14 camiones y otros servicios, han respondido que no aceptan menos de 25 camiones y otros trabajos adicionales, reiterando el chantaje de que si no se acepta esas condiciones, mantienen el bloqueo.
Mientras tanto, el día de hoy Las Bambas entrará ya en paralización total de actividades, con grave perjuicio para las municipalidades, la población, la región y la economía nacional. La imagen de un país en el que impera la ley de la selva es aun más dañina para el futuro de todos nosotros.
Es sorprendente como se ha institucionalizado la extorsión a las empresas. Se ha vuelto un negocio en el que prosperan políticos, asesores y ONGs. En el corredor minero no hay una demanda ambiental ni social. No se pide el cierre de brechas sociales por ejemplo. Cuando Las Bambas ofreció, a inicios de este gobierno, luego de un bloqueo, un plan integral de desarrollo productivo y servicios de salud y educación al Frente de Defensa de Chumbivilcas, la oferta fue rechazada y lo único que se pide es dinero y contratos. Es la extorsión.
En gobiernos anteriores se exigía el levantamiento de la medida de fuerza como condición para el diálogo, o se establecía el estado de emergencia. Se desplegaba la fuerza armada y los bloqueos, que son ejecutados por muy pocas personas, se disolvían automáticamente, sin violencia de ningún tipo. Pero, en realidad, ni siquiera es necesario decretar estado de emergencia, porque basta con aplicar el decreto supremo N° 106-2017-PCM que establece que las carreteras son activos críticos que deben ser protegidos.
Pero ahora ni los fiscales actúan, ante delitos flagrantes. Por eso, si el gobierno no es capaz de imponer el principio de autoridad y restablecer orden público, el congreso o la sociedad civil deberían denunciar por infracción constitucional al Presidente y a los ministros responsables.
El artículo 118 de la Constitución reza:
Artículo 118.- Atribuciones del Presidente de la República
Corresponde al Presidente de la República:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.
Es claro que el presidente y los ministros competentes, particularmente el de Interior y el de Energía y Minas, no están cumpliendo su primera función constitucional: cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes. Al contrario, convalidan su violación.
Para comenzar, están obligados a hacer cumplir el inciso 11 del artículo 2 de la Constitución establece como uno de los derechos fundamentales de la persona:
11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.
Además, el presidente y los ministros están obligados a cumplir y hacer cumplir el código penal, que prohíbe y castiga los bloqueos de carreteras y, además, la extorsión. El artículo 200 del Código penal establece:
Artículo 200. – Extorsión
El que mediante violencia, amenaza o manteniendo en rehén a una persona, obliga a ésta o a otra a otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida o de cualquier otra índole, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años.
Esto es exactamente lo que ocurre en las situaciones que estamos comentando. Es hora entonces de denunciar por infracción constitucional y eventualmente por complicidad a los ministros que no cumplen con su función constitucional de cumplir y hacer cumplir las leyes. Lampadia