Jaime de Althaus
Para Lampadia
Es importante que el Congreso vote la primera aprobación de la reforma constitucional que restablece la bicameralidad antes de que termine esta legislatura, porque los hechos relativos a la continuidad de este gobierno se podrían precipitar. Y un próximo gobierno adelantado tendría que contar ya con un congreso bicameral.
Pero al hacerlo, no debería repetir algunas disposiciones de la Constitución actual que no son convenientes. Lamentablemente el dictamen de reforma que debe discutirse hoy en la Comisión de Constitución los sigue manteniendo. Debe corregirlos.
El primero se refiere a norma establecida en el artículo 90º que señala que:
“Los candidatos a la Presidencia o vicepresidencias de la República, no pueden ser simultáneamente candidatos a una representación en el Congreso”.
Esto es un error y un sin sentido porque impide que los líderes de los partidos estén en el parlamento, rebajando su calidad de foro político de discusión y concertación en el que participen los mas altos dirigentes de los partidos. El Congreso pierde peso y capacidad de resolución.
El segundo se refiere a votar la insistencia en las leyes observadas por el Ejecutivo solo con la mitad del número de congresistas. Dice el art. 108º:
“Si el Presidente de la República tiene observaciones que hacer sobre el todo o una parte de la ley aprobada en el Congreso, las presenta a éste en el mencionado término de quince días. Reconsiderada la ley con el voto de la mitad más uno del número legal de cada cámara, el presidente del Congreso de la República la promulga”.
En casi todos los países presidencialistas el congreso debe insistir con los 2/3 o los 3/5 del número legal de congresistas. De lo contrario, el Presidente de la República carece de poder de veto para impedir leyes contraproducentes o excesivamente populistas, que es justamente lo que hemos visto estos últimos dos años. No se puede mantener la norma de solo la mitad. Ahí no hay contrapeso.
La Comisión de Constitución no puede desaprovechar el cambio constitucional dejando sin arreglar estos dos problemas. Hay, adicionalmente, algunas pequeñas reformas inconvenientes que se han introducido en el dictamen, como la elección de tres miembros del directorio del BCR con los 2/3 del Senado. Aquí sí se quiere los 2/3. Pero no tiene sentido. Es poner una valla muy alta que le puede complicar la vida y la imagen al Senado de la República. Incluso la elección de los miembros del Tribunal Constitucional con los 2/3 es problemática. Mejor sería con los 3/5.
Y un tema en el que el dictamen es tímido, es en el restablecimiento de la reelección inmediata de los congresistas solo por un periodo. ¿Por qué solo uno? Más aun si podríamos tener distritos electorales pequeños, en los que pueda haber una relación cercana entre representante y representados. El tema del tamaño de las circunscripciones para elegir a diputados y senadores no se fija en el dictamen. Se deja a la ley. Si, como existe creciente consenso, se optara por distritos uni o binominales para elegir diputados, no tiene sentido restringir la reelección inmediata a solo una. Eso que lo decida el elector.
Por último, vemos que el dictamen no se ha atrevido a proponer la renovación parcial del congreso a mitad de periodo, y tampoco la elección del congreso junto con la segunda vuelta. Esto quizá requiera mas debate. Pero las deficiencias que hemos advertido, sí deberían ser subsanadas, por el bien de nuestra democracia.
Lampadia