Líneas abajo compartimos el comunicado del sector privado sobre el DU 002-2020 que afecta severamente a la educación escolar privada:
COMUNICADO
CON REFERENCIA AL DECRETO DE URGENCIA 002—2020 EN EDUCACIÓN
Las Asociaciones, Instituciones Educativas Privadas, Profesores y Padres de Familia abajo firmantes formamos parte de la educación privada formal y de calidad del país.
- Nos une el compromiso con la educación como medio para lograr una sociedad más humana, justa y solidaria. La diversidad de ofertas pedagógicas que se desarrollan en nuestras aulas, ofrecidas a todos los sectores de la sociedad, son la mejor manera de democratizar la educación.
- Los primeros y principales supervisores de la calidad educativa que brindan nuestros colegios son los padres de familia, quienes año a año manifiestan su confianza y reconocimiento al renovar su matrícula. Nuestros estudiantes merecen una escuela de calidad, por ello, actualmente nos encontramos en pleno mantenimiento de nuestros locales y en revisión de nuestros planes de trabajo para el año que se nos viene. Los resultados de la prueba PISA muestran un mejor resultado en las escuelas privadas y queremos hacerlo cada día mejor.
- Nosotros, somos los primeros interesados en que los establecimientos ilegales sean cerrados y los promotores sean denunciados por estafa. Los establecimientos ilegales (264 según funcionarios del MINEDU) están identificados desde el 2018 y saludamos que finalmente se actúe al respecto. Consideramos que para esto no hacía falta un Decreto de Urgencia.
- El Decreto de Urgencia cierra también las puertas a muchos profesores experimentados que laboran o podrían laborar en el futuro en nuestros colegios, al exigir el título profesional y no los grados académicos (bachiller, maestría, doctorado) que ya ostentan.
- Rechazamos el Decreto de Urgencia porque es un atropello al derecho que tienen los colegios privados a definir su “axiología, sistema pedagógico, los sistemas de evaluación y control de los estudiantes; la dirección, organización, administración y funciones de la institución educativa privada; los regímenes económico, disciplinario, de pensiones y de becas; las relaciones con los padres y/o madres de familia, tutores o apoderados”, pues sujetan a los colegios privados a las limitaciones de las normas legales vigentes en lugar de las leyes que nos regían, tal y como se expresa en el Art. 3 de la Ley N° 26549 y Art. 5° del DL 882, se nos quita la libertad y la autonomía consagradas en el Art. 13 de la Constitución del Estado. Esto muestra el afán del MINEDU de tener una escuela única (la Estatal), quitando a las familias el derecho que tienen, consagrado por la Constitución, de elegir la educación que quieren para sus hijos.
- La gran mayoría de los colegios privados del Perú no cobra cuota de ingreso, y los que lo hacen son colegios formales. No entendemos la urgencia, ni la pertinencia de legislar sobre esto en la “lucha contra la informalidad”. Este Decreto de Urgencia está generando más tensión entre familias y colegio al alentar la irresponsabilidad y falta de compromiso de los padres morosos.
- Los colegios privados están siendo obligados a educar sin la posibilidad legítima de cobrar oportunamente por el servicio educativo que brindan. Estas leyes populistas castigan a los padres de familia que sí cumplen, porque los costos educativos se dividen entre los padres responsables. Este decreto ha empeorado el problema, además de haber desperdiciado la oportunidad de solucionarlo. El alto índice de morosidad hace que cada vez sea más difícil pagar puntualmente a nuestros trabajadores docentes y no docentes; pagar el agua, la luz, y los arbitrios.
- El cambio de la aplicación del silencio administrativo positivo para la creación, ampliación de servicios educativos, traslado, reapertura, fusión o división, cierre o receso de servicios educativos, cierre de la institución o cualquier otra modificación a la autorización de funcionamiento inicial de los Colegios Privados, a un silencio negativo, castiga a los colegios formales por la inercia y burocracia de las instituciones estatales y elimina la certeza jurídica respecto de sus procedimientos administrativos iniciados.
- SOLICITAMOS que el DU02-2020, se modifique tomando en cuenta lo señalado en los puntos 5, 6, 7, y 8 de este comunicado.
- SOLICITAMOS que se nos convoque para elaborar el Reglamento y no se nos vuelva a sorprender.
- SOLICITAMOS, que las Condiciones Básicas del servicio que se establezcan en el reglamento sean exigidas y cumplidas también por los colegios del Estado como lo dispone el Artículo 7° de la Ley Marco de la Inversión Privada (D.L. N° 757).
- La presencia de la educación privada en el Perú, garantiza la vigencia de la pluralidad de ofertas educativas en una sociedad democrática que valora la libertad de los padres para decidir qué tipo de educación desean para sus hijos.
Lima, 17 enero de 2020
Hna. María Antonieta García – Presidente
Bruno Espinoza – Presidente
Maria Luisa Hoyos . Presidente
Janet Rivera – Presidente
Gregorio Durand – Presidente
Yngrid Alcionit Andia Concha |
Gonzalo Galdos – Presidente
José Urbina – Presidente
Edgardo Palomino – Presidente
Dora Margarita Ramírez – Directiva
Víctor De la Cruz
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