EDITORIAL DE LAMPADIA
Tal como estaba previsto en el cronograma aprobado, la comisión de Constitución aprobó ayer el dictamen de la reforma constitucional del CNM, que debe aprobarse a su vez hoy en el pleno del Congreso. Como hemos explicado también ayer, el segundo borrador de ese texto estaba listo desde el viernes o sábado, mucho antes de que el Presidente Vizcarra anunciara la innecesaria cuestión de confianza. El primer borrador se había discutido el martes pasado.
Y acto seguido, la Comisión de Constitución adelantó para ayer por la tarde la discusión del predictamen sobre restablecimiento de la bicameralidad, que originalmente se iba a debatir hoy en la misma Comisión. Lo interesante es que quizá esa reforma se apruebe también en el pleno de hoy, con lo que la cuestión de confianza quedaría prácticamente fuera de juego.
Novedades
El dictamen sobre reforma del CNM tiene algunas novedades en relación al proyecto que remitió el Ejecutivo. Se establece, por ejemplo, que además de la ratificación de los jueces y fiscales cada 7 años, el CNM realiza, conjuntamente con la Academia de la Magistratura, una evaluación parcial de desempeño de los jueces y fiscales cada tres años y medio. En realidad, la evaluación de desempeño de jueces y fiscales es algo que deberían hacer internamente tanto el Poder Judicial como el Ministerio Público todos los años, permanentemente. La mencionada evaluación parcial ejecutada por el CNM y la Academia de la Magistratura debería tener como insumo estas evaluaciones permanentes ejecutadas por las mismas instituciones. Esto es algo que debería establecerse en la ley de desarrollo constitucional que al efecto se dé.
Otra innovación consiste en la obligación del CNM de presentar un informe anual al Pleno del Congreso.
El meollo de la reforma está, como es sabido, en que los miembros del CNM son elegidos por concurso público de méritos. El dictamen aprobado sube a de 5 a 7 el número de consejeros, lo que es apropiado por la carga de trabajo que tendrá el Consejo. Y en cuanto a quiénes integran la Comisión Especial encargada de realizar el concurso de méritos para escoger a los consejeros, el dictamen aprobado ha agregado dos más a los considerados en el proyecto del Ejecutivo: “un rector elegido en votación por los rectores de las universidades públicas licenciadas con más de cincuenta años de antigüedad”, y un rector de las universidades privadas también de más de cincuenta años. La verdad, no se entiende bien por qué agregar a estos miembros. Tratándose de rectores y de las universidades públicas y privadas antiguas, esperemos no hagan daño.
Rectificaciones
En cuanto a la entidad encargada de dar el apoyo técnico a la Comisión Especial para llevar a cabo el concurso que elija a los consejeros, el dictamen ha corregido, felizmente, su versión inicial en el sentido de que se trataría de una secretaría ad hoc, siempre manipulable, pero no ha restablecido explícitamente la propuesta del Ejecutivo en el sentido de que ese soporte técnico esté dado por SERVIR sino –dice- por “una Secretaría Técnica Especializada”. SERVIR cabe dentro de ese concepto, de modo que sería recomendable que la ley de desarrollo constitucional que se dé así lo establezca. SERVIR es la entidad encargada precisamente de normar la implantación de la meritocracia en el Estrado peruano. No hay entidad más apropiada que esa.
En cuanto a los requisitos para ser miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, el dictamen felizmente ha restablecido casi todos los que fijó el proyecto del Ejecutivo y que habían sido eliminados en el predictamen. Incluso el de “tener reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad moral”. Pero se eliminó lo de “trayectoria democrática y respeto a los derechos humanos”, acaso para evitar que esa formulación pudiera ser usada arbitrariamente para marginar a algún postulante por razones políticas o ideológicas. Además, se incluyó también que la función de los consejeros “no debe incurrir en conflicto de intereses”, disposición que había sido retirada en el predictamen original.
Y, como hace días se difundió, también se restableció en el dictamen final la disposición complementaria transitoria que autoriza al CNM a revisar los nombramientos y ratificaciones efectuadas por los consejeros removidos, algo fundamental que tampoco había sido considerado en el predictamen inicial y que sí estaba en el proyecto del Ejecutivo.
En suma, el dictamen finalmente aprobado en la Comisión de Constitución ha sido el fruto de un productivo intercambio de opiniones y argumentos en el seno de la Comisión que ha permitido agregar nuevas disposiciones interesantes y al mismo tiempo recuperar los aportes positivos que venían del Ejecutivo y habían sido desechados en el predictamen original. El Congreso hizo, en este caso, su tarea dentro del plazo establecido. Si, además, se aprueba hoy en el pleno el dictamen que restablece la bicameralidad, el gobierno debería proceder a retirar anunciada la cuestión de confianza, por carecer de objeto. Lampadia