EDITORIAL DE LAMPADIA
Para nombrar a buenos fiscales supremos
Eliminar la ratificación cada 7 años
Reorganizar la Junta Nacional de Justicia
y el Ministerio Público
En Lampadia hacemos nuestro el proyecto de reforma constitucional presentado por el doctor Natale Amprimo para declarar en reorganización a la Junta Nacional de Justicia y al Ministerio Público.
Como hemos comentado anteriormente, el Ministerio Público y la Junta Nacional de Justicia, se han descompuesto a tal nivel, que los ciudadanos hemos perdido toda confianza en sus gestiones y en sus resoluciones.
Lastimosamente, esto se da en el contexto de reiterados y graves actos disfuncionales de sus miembros, situación que también afecta al Poder Judicial.
En línea de favorecer una profunda reorganización de todo el Sistema Judicial, algo complejo y difícil de ejecutar, el proyecto de Amprimo, viable en el corto plazo y respetuoso del espacio constitucional, nos parece que merece un gran apoyo de los ciudadanos comprometidos con el bienestar de la patria.
Veamos el proyecto:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE DECLARA EN REORGANIZACIÓN A LA JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Y AL MINISTERIO PÚBLICO, Y DEROGA EL INCISO 2 DEL ARTÍCULO 154 DE LA CONSTITUCIÓN
Artículo 1.- Reforma de la Constitución
Incorpórese a la Constitución la siguiente Disposición Transitoria Especial:
CUARTA. Los actuales miembros de la Junta Nacional de Justicia concluyen su mandato con la entrada en vigor de esta Disposición Transitoria Especial. Asume transitoriamente las funciones de la Junta Nacional de Justicia una comisión reorganizadora integrada exclusivamente por los ex presidentes del Tribunal Constitucional, quienes entre ellos eligen a su presidente y vicepresidente.
La comisión reorganizadora integrada por los ex presidentes del Tribunal Constitucional concluye su función tan pronto los nuevos integrantes de la Junta Nacional de Justicia seleccionados por la Comisión Especial contemplada en el artículo 155 de la Constitución toman juramento.
Los fiscales supremos titulares cesan con la entrada en vigor de esta Disposición Transitoria Especial; sus cargos serán cubiertos por los fiscales superiores titulares más antiguos del país, hasta que se elijan a los titulares.
La comisión reorganizadora integrada por los ex presidentes del Tribunal Constitucional tiene por prioritaria función la de nombrar a los nuevos fiscales supremos, previa invitación. El nombramiento requiere el voto favorable de la mayoría de sus integrantes.
Artículo 2.- Reforma de la Constitución
Derogase el inciso 2 del artículo 154* de la Constitución Política del Perú.
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* Artículo 154. Son funciones de la Junta Nacional de Justicia:
- Ratificar, con voto público y motivado, a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años; y ejecutar conjuntamente con la Academia de la Magistratura la evaluación parcial de desempeño de los jueces y fiscales de todos los niveles cada tres años seis meses. Los no ratificados o destituidos no pueden reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público.
Lampadia