Jaime de Althaus
Para Lampadia
Se argumenta que el asilo brindado por el Brasil a Nadine Heredia es ilegal porque no hay persecución política sino una condena producto de un debido proceso judicial.
Nuevamente, aquí hay que aclarar los conceptos.
Es cierto que no hay una persecución política contra Nadine Heredia en el sentido clásico y estrecho del término. Es decir, no hay una persecución política de parte del gobierno contra ella.
Lo que hay desde hace varios años es una criminalización de la política a partir de las donaciones de campaña que no eran delito, lo que llevó a abrir procesos y encarcelar a líderes políticos destruyendo la imagen y credibilidad de parte importante de la clase política, facilitando la elección de alguien como Pedro Castillo a la presidencia de la república.
Los procesos Lavajato por donaciones de campaña, criminalizadas bajo la figura desnaturalizada de lavado de activos, fueron, por lo tanto, en buena cuenta, actos de persecución política, realizados no por un gobierno sino por el sistema judicial.
Hemos demostrado que en el adelanto de sentencia contra Ollanta Humala y Nadine Heredia, a quienes se les condenó a 15 años de cárcel por delito de lavado de activos agravado, se confunde la finalidad de los actos de ocultamiento de los fondos tales como aportantes falsos o contratos simulados: su objetivo no era lavar activos, sino burlar la disposición administrativa que ponía un límite al monto de las donaciones de campaña.
Es evidente, de otro lado, que el lavador de activos busca legalizar los fondos mal habidos para poder disfrutar de ellos sin que se los decomisen. Eso no tiene nada que ver con los actos realizados por los partidos para sortear la norma administrativa.
Lo que hay acá es un parecido en el tipo de actos que se realizan, pero lo que importa es la finalidad, que es completamente distinta.
De otro lado, en ninguna parte de la sentencia se presenta argumento ni dato objetivo alguno que revele siquiera un indicio de que Ollanta Humala y Nadine Heredia podían presumir un origen ilícito en los fondos de una empresa tan formal como Odebrecht el 2010 o 2011. Que es lo mínimo que había que presentar si es que se le va a privar de su libertad a dos personas por quince años. Menos aún hay pruebas de que el origen de los fondos de la Caja 2 de Odebrecht haya sido ilícito, algo que no se demostró tampoco nunca en los juicios en Brasil ni fue admitido por los directivos de Odebrecht, que sí admitieron pago de sobornos y donaciones de campaña.
En suma, fiscales y jueces han desnaturalizado de manera grosera el tipo penal de lavado de activos para perseguir y encarcelar a líderes y partidos políticos, cometiendo además abusos notorios en las prisiones preventivas que se dictaron. Todo esto ha sido consecuencia de la penetración ideológica de sectores importantes de la fiscalía y la judicatura, que se ha traducido en una línea jurisdiccional que, sin duda, entraña persecución política.
Por supuesto, Lula le dio asilo a Nadine Heredia no tanto por eso sino porque ella y Ollanta Humala fueron peones suyos en su estrategia de promover gobiernos ideológicamente afines usando para ello a empresas constructoras que, al mismo tiempo, ejecutaban el designio geopolítico brasileño de penetrar económicamente los países de la región corrompiendo presidentes y funcionarios.
Pero por eso mismo la sentencia debió conectar los 3 millones donados para la campaña con la adjudicación de algún proyecto a Odebrecht durante el gobierno de Humala, lo que, sin embargo, no habría sido lavado de activos tampoco, sino cohecho. Pero no hubo conexión alguna en esa línea.
La criminalización de las donaciones de campaña ha destruido la política peruana. Debe cesar. Lampadia