Jaime de Althaus
El Comercio, 19 de abril del 2025
“La corrupción, el soborno, tiene que ser castigado. Pero la criminalización de las donaciones de campaña tiene que cesar”.
No cabe duda de que Ollanta Humala y Nadine Heredia fueron alfiles dentro de la estrategia de Lula da Silva de promover y controlar gobiernos ideológicamente afines en América Latina, usando para ello a empresas constructoras que, al mismo tiempo, ejecutaban el designio geopolítico brasileño de penetrar económicamente los países de la región mediante la corrupción.
Marcelo Odebrecht recibió directamente el pedido de Lula de darle US$3 millones a la campaña de Humala, pese a la oposición del propio Barata. Por eso ahora le da asilo. Pero nada de eso convierte la recepción de esa donación en un delito. La condena a 15 años es un abuso y se enmarca en la línea del equipo Lava Jato y de los jueces de criminalizar la política.
Dado que las donaciones de campaña no eran delito, utilizan la figura del lavado de activos, desnaturalizándola. El código penal establece que comete lavado de activos “El que convierte o transfiere dinero, bienes, efectos o ganancias cuyo origen ilícito conoce o debía presumir, con la finalidad de evitar identificación de su origen, su incautación o decomiso…”.
Para comenzar, no había manera en que los Humala pudieran presumir algún origen ilícito de los fondos de una empresa tan formal como Odebrecht. En el adelanto de sentencia el colegiado no aporta dato objetivo alguno que sustente por qué debían presumir tal cosa, como si no tuviera la obligación de hacerlo si van a privar de su libertad a dos personas por 15 años. No solo eso. La sentencia afirma, sin probarlo, que el dinero de la Caja 2 provenía “de actos ilícitos provenientes de actos de corrupción”, cuando, como recuerda Cesar Nakasaki, ningún funcionario de Odebrecht ha admitido tal cosa. En el Brasil se demostró que se pagaban sobornos y aportes de campaña, pero jamás se investigó origen del dinero usado para ello. De modo que el colegiado aquí falsea la realidad. Y aunque fuese cierto, repetimos, los Humala no tenían por qué presumirlo.
La sentencia centra su argumentación en los procedimientos de ocultamiento y transferencia del dinero (falsos aportantes y contratos simulados con empresas que recibían el dinero y luego le pagaban a Nadine por servicios inexistentes), sin tomar nota de lo fundamental: que la finalidad no era lavar dinero de origen ilícito sino burlar la norma administrativa que ponía un límite al monto de las donaciones. Eso es puro sentido común, pero había que acusar como fuera. Ahora, que parte de esos montos haya entrado a las arcas personales de Nadine y no a la campaña –lo que tampoco se demuestra– podría configurar delito de defraudación tributaria, pero no lavado de activos.
Por supuesto, se puede sospechar que ese abultado monto buscaba de paso asegurar inversiones futuras de Odebrecht en el Perú. Lo que nos llevaría al delito de cohecho. Pero para eso la sentencia tendría que haber conectado esa donación con la adjudicación del gasoducto del sur o algún otro proyecto. Nada de nada.
La corrupción, el soborno, tiene que ser castigado. Pero la criminalización de las donaciones de campaña tiene que cesar.