GERMÁN SERKOVIC GONZÁLEZ
Abogado Laboralista
Para Lampadia
Una de las grandes dificultades por las que atraviesa en estos momentos el país, es la disminución de las inversiones. Y la retracción de las inversiones responde, en buena cuenta, a la pérdida de la confianza de los empresarios.
Es natural, ante una administración con una dirección aún no del todo clara, es bastante complicado que alguien arriesgue una cantidad considerable de dinero para iniciar algún emprendimiento, y esta afirmación, que en realidad es una verdad de Perogrullo, se aplica en todos los sectores económicos sin importar el tamaño de la empresa.
Desde en punto de vista laboral, es poco probable que los empleadores se animen a contratar trabajadores en un entorno signado por la incertidumbre y la desconfianza en las medidas económicas del gobierno ante una previsible recesión, por el temor de un fenómeno del niño particularmente destructivo o ante una inseguridad galopante.
Luego de la vacancia de Castillo, una manera evidente de generar confianza entre los empresarios -que son los que generan empleo, en última instancia- era dejar de lado las medidas normativas y administrativas contenidas en la denominada Agenda 19 que implementó en su momento de modo parcial el Ministerio de Trabajo, más en base a una determinada orientación política que con fundamentos jurídicos o técnicos.
Se empezó bien, luego de una no muy larga evaluación, el gobierno decidió declarar la nulidad de la inscripción de la Fenatep, la versión más violentista y allegada a los grupos terroristas del sindicato magisterial. Era un grato comienzo, pero la iniciativa quedó allí, no se continuó con el desmontaje de las otras medidas que afectaban el empleo, a saber; la modificación al reglamento de la norma sobre tercerización y los cambios en el reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
En relación a la norma que modifica la tercerización, el gobierno ha preferido mantenerse al margen -ni Poncio Pilatos podría haberlo hecho mejor- y dejar que tanto el INDECOPI como el Poder Judicial resuelvan lo pertinente. INDECOPI declaró a la norma barrera burocrática ilegal y se espera un pronto pronunciamiento judicial, pero por sus efectos, se trata de soluciones no del todo definitivas. Lo razonable hubiera sido que el gobierno derogue el Decreto Supremo de marras, no necesariamente -pero también- por sus consecuencias contrarias a la generación de empleo, sino fundamentalmente porque se trata de una norma que de una forma inválida pretende modificar los alcances de una ley, norma de mayor jerarquía, violando el principio de legalidad.
En lo pertinente al reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, se trata de variaciones adjetivas poco pertinentes y hasta innecesarias. El Decreto Ley N° 25593 y su norma adjetiva han funcionado sin mayores objeciones de parte de los actores sociales. Las variaciones al reglamento, no sólo vulneran el enunciado legal, aspecto de por si más que suficiente para proceder a su derogación inmediata; adicionalmente tienen como finalidad incrementar la conflictividad laboral. Viniendo de un gobierno declaradamente marxista, no es de extrañar la direccionalidad que se le quiso dar a las relaciones entre empleadores y sus pertinentes organismos sindicales. Es la agudización de las contradicciones.
Aspecto interesante a tener en cuenta, era la forma en que se nombraba y cesaba a los ministros de trabajo en la administración -realmente desastrosa a la luz de sus resultados- de Castillo. El ministro Maravi fue nombrado con el solo objetivo de reconocer al Fenatep, sindicato afín al gobierno y al Movadef, luego de ello, su permanencia en la cartera era irrelevante. Cumplido el propósito para el que fue nombrado, se convertía en un activo descartable, y lo mismo se puede decir de los que suscribieron las otras normas que se comentan.
Por último, otra norma, esta vez si con rango legal, pero dictada durante la presidencia accidental de Sagasti, es la orientada a regular el régimen agrario en reemplazo de un cuerpo legal realmente efectivo -en generación de empleo formal y en el pago de tributos por exportaciones- como fue la ley N° 27360. El dispositivo en mención, al incrementar sin mayor argumento el ingreso mínimo del trabajador del agro en un monto que supera largamente a la remuneración mínima aplicable a otros sectores, le ha restado competitividad a la actividad agraria. Situación del todo preocupante si el sector -como parece hasta el momento- se verá duramente comprometido por efecto del fenómeno del niño.
Una inmediata señal del gobierno dirigida a recuperar en algo la confianza del sector empresarial, sería la derogación de las modificaciones a los reglamentos aludidos líneas arriba, y la modificación a la ley del agro, acercándose a la norma primigenia. Los errores deben corregirse, persistir en el yerro puede ser muy perjudicial en el entorno económico cercano. A las palabras, hay que añadir las acciones, dejar sin efecto las modificaciones reglamentarias, sería mostrar un claro y necesario deslinde con el gobierno de Castillo. Lampadia