Por Alejandro Falla Jara
(El Comercio – Portafolio, 14 de Abril de 2015)
No hay club más exclusivo en todo el Perú. Al 2013 solo tenía 534 miembros activos. ¡Ni el Club Nacional tiene tan pocos integrantes! Son los notarios del Perú.
Como todo club, el ingreso de nuevos socios está sujeto a un proceso de calificación a cargo de sus integrantes; ellos hacen la convocatoria y participan (indirectamente) en la evaluación de los postulantes. No tienen muchos incentivos para dejar que entren nuevos integrantes; el ingreso de nuevos socios disminuye los beneficios del resto. Por ello, las convocatorias para nuevos integrantes son raras; incluso si uno fallece, no ponen mucho empeño en reemplazarlo. Ellos también se encargan de disciplinar y sancionar a sus integrantes. Todo queda en casa.
Que el Club Nacional decida limitar el número y la libertad de sus integrantes no es un problema que nos debería quitar el sueño: se trata de restricciones que, para bien o para mal, solo afectan a los integrantes de ese club. Que lo haga el Colegio de Notarios y que lo haga con la ayuda de regulaciones aprobadas por el Estado es un problema al que conviene poner mucha atención debido al sobre-costo que genera.
Los notarios están en el centro de muchas transacciones económicas. Dependiendo de su importancia, los costos notariales pueden alterar la forma en que los mercados se comportan al hacer menos probable que ciertas operaciones ocurran. Estos costos podrían, por ejemplo, desincentivar el traslado de una deuda hipotecaria de un banco a otro, afectando la competencia.
En un informe reciente, el Indecopi ha identificado distintas restricciones a la competencia generadas por la regulación de la actividad de los notarios. En dicho informe se estima que el ingreso de un nuevo notario en algunas plazas podría abaratar hasta en 8% el precio de ciertos servicios notariales.
Sin perjuicio de las propuestas contenidas en dicho informe (atacan el problema ampliando el número de notarios), convendría evaluar medidas complementarias que eliminen la necesidad de recurrir a servicios notariales para ciertos actos (constitución de una sociedad, transferencia de un auto usado, o inscripción de un contrato de arrendamiento en Registros Públicos).
Sería ideal reemplazar por completo el régimen existente. No hay razón que justifique dejar la fe pública en manos de solo 534 personas. Pero como lo ideal es enemigo de lo bueno, convendría poner atención a las propuestas del Indecopi, las cuales si bien no nos liberan del problema, al menos lo hacen menos costoso.