Por: Marcos Ibazeta Marino
Expreso, 25 de abril de 2019
Expreso, 25 de abril de 2019
Ya es demasiado el tiempo que se viene dedicando al tema de la judicialización de la política como foco central del debate nacional, provocando el olvido y descuido de la obligación política de los líderes del país para desarrollar un buen gobierno, cuyas bondades todos podamos percibir.
Ahora resulta que el gran tema que acapara la discusión política está referido a la detención preliminar o preventiva, con argumentos que ponen en tela de juicio su validez jurídica al considerársele una condena anticipada o porque, según muchos, lesiona la presunción de inocencia, o, según otros, hay casos de inhumanidad en su imposición.
La verdad es que el Derecho Procesal nos enseña que no hay proceso judicial, sobre cualquier materia, que no admita una medida cautelar para hacer eficaz y efectiva la sentencia final que resuelve el conflicto o que sanciona el delito.
La solución no va por eliminar la detención preventiva o por modificarla porque estaríamos mutilando el Derecho Procesal. Lo que debe exigírsele a la Corte Suprema es un acuerdo vinculante sobre todos los factores a tomarse en cuenta para declarar su procedencia y establecer los diversos modos de aplicación.
Los fiscales pueden solicitar lo que les parezca conveniente a su derecho y la defensa contradecirá, pero es el juez quien debe interpretar hechos, justificar su convicción de alta probabilidad y analizar los presupuestos que exige cada norma procesal para su aplicación.
Debe considerarse que la detención preliminar o preventiva es una medida cautelar y, como tal, es instrumental, transitoria, provisional y variable, de modo que no entendemos la razón por la cual los jueces siempre conceden, cuando lo consideran procedente, el máximo del plazo cuando éste se sujeta a la transitoriedad, provisionalidad y variabilidad.
Nada obliga al juez a conceder el máximo plazo de detención y lo más razonable es, de proceder su imposición, fijar plazos menores sujetos a evaluación procesal para determinar si los elementos de convicción, en esos plazos, se fortalecen o se debilitan para estudiar otras alternativas para no consumar abusos de detenciones sin tiempo y sin sentencia.
Por otro lado, en el tema de Las Bambas, se buscó un subterfugio para liberar a su dirigente para iniciar el diálogo. Ahora que saben que hay caminos de elusión están pidiendo la libertad de todos, haciendo caer al Ejecutivo en intromisiones en el ámbito fiscal y judicial ante la amenaza de nuevas tomas de caminos y hasta de pedidos de amnistía general.