Recientemente algunos congresistas han presentado proyectos de ley buscando controlar los precios de los medicamentos. Loable intención, pero no es demostrable que las medidas propuestas consigan dicho objetivo.
Primero, representantes fujimoristas propusieron un proyecto de ley que creaba un comité para fijar administrativamente los precios. Se opusieron el Ministerio de Salud (Minsa), el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y otros organismos y fue modificado por sus autores.
Luego congresistas del Partido Nacionalista presentaron el proyecto 2810/2013 para que el Poder Ejecutivo apruebe políticas públicas que establezcan control de precios y el margen de comercialización de los medicamentos. Finalmente, legisladores del Partido Solidaridad Nacional han presentado el proyecto 2848/2013 que propone crear un organismo regulador para garantizar la calidad y acceso de los medicamentos, ignorando que esa función ya la tiene la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid).
Como lo demuestra la experiencia, el intento de fijar precios administrativamente no conduce a la reducción de precios, sino a la desaparición del producto, a la escasez y al mercado negro. Y menos creando organismos paralelos a la autoridad nacional de medicamentos que es la Digemid.
La Ley de Medicamentos 29459, vigente desde el 2009, y sus reglamentos aprobados en el 2011 establecen reglas que facilitan el acceso de la población a los medicamentos genéricos, garantizan su calidad, establecen que obligatoriamente los profesionales prescriban los medicamentos por su denominación común internacional y propician la competencia. Los principales mecanismos establecidos son:
1. El aseguramiento en salud, que ha crecido en cobertura del 36% al 70% de la población en pocos años. Si toda la población tuviese un buen seguro de salud, ningún ciudadano tendría que pagar de su bolsillo los medicamentos que necesite porque eso lo haría su respectivo seguro.
2. Las compras corporativas del sector público, que ahora representan el 60% del mercado, medido en unidades de venta, se han convertido en un mecanismo regulador de precios fundamental porque los medicamentos genéricos de calidad que compran las entidades públicas cuestan 20 o 30 veces menos que sus similares de marca. Si a ese 60% se suma el 14% de genéricos del mercado privado, tenemos que ya tres cuartas partes del mercado corresponden a medicamentos genéricos, cuyos precios son muy inferiores a los precios de los medicamentos de marca.
3. En los casos de productos importados exclusivos que aún no tienen genéricos equivalentes, como algunos productos oncológicos, antirretrovirales o antidepresivos y otros que se venden en el país a precios prohibitivos, el Estado puede recurrir a la importación paralela. Esto lo recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS) y está permitido por la Organización Mundial de Comercio (OMC); y ya se realiza por ejemplo con las vacunas, que el Estado importa paralelamente a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y ha reducido grandemente los precios.
Es decir, la competencia pública o privada es el mejor mecanismo para regular los precios de medicamentos y garantizar un mayor acceso a genéricos o de marca de calidad. La Ley 29459 y sus reglamentos han marcado un nuevo rumbo para garantizar medicamentos en una cantidad suficiente, de calidad y a precios accesibles. Corresponde al Congreso ampliar y fortalecer esos mecanismos, y no crear controles administrativos que solo conducirían a escasez y al mercado negro.
Publicado en El Comercio, 20 de noviembre de 2013