José Miguel Morales Dasso, Socio del Estudio García Sayán Abogados
Gestión, 12 de diciembre de 2017
El compliance y las buenas prácticas tienen como primer referente normas y estándares internacionales elaborados en otros países y aplicados a realidades donde la institucionalidad es sólida y funciona de manera eficiente.
Es por eso que para que se convierta en un elemento común de todas las empresas peruanas necesitamos analizar nuestra realidad y tener en cuenta el perfil de la empresa en nuestro país, con la fi nalidad de adaptar tales referentes e insertarlos como parte de la cultura empresarial. Debemos comenzar con pequeñas acciones, pero signifi cativas, que vayan modificando nuestro “modus operandi” y orientándolo hacia las buenas prácticas y la prevención. Esto teniendo en cuenta además que a partir del primero de enero del 2018 entrará en vigencia la Ley de la Responsabilidad Administrativa de la Persona Jurídica (LRAPJ), que establece que, sin importar su dimensión o actividad, cualquier persona jurídica puede ser pasible de sanción en caso de estar involucrada en delitos de cohecho, lavado de activos ofinanciamiento del terrorismo. Pero si la empresa cuenta con un modelo de prevención de delitos puede eximirse de responsabilidad o atenuar la sanción.
La pregunta clave es: ¿estamos preparados para autorregularnos y tomar el control de nuestra empresa o siempre vamos a esperar “el último momento” y estar ante un inminente procedimiento administrativo o investigación penal para recién tomar conciencia de que no controlamos nuestra organización, ni a nuestros colaboradores?
Esa imprudencia podría poner en riesgo a toda la empresa e, inclusive, a la alta dirección.
Las grandes empresas peruanas de una u otra manera son reguladas, vigiladas o presionadas por el propio mercado internacional, que cada vez exige estándares más altos de calidad del producto o servicio y demanda una buena “reputación” corporativa, avalada por sus sistemas de prevención y buenas prácticas.
En el caso de las medianas y pequeñas empresas peruanas, que no necesariamente están supervisadas, es fundamental que entiendan que los requerimientos del mercado hace rato cambiaron, que la reputación e imagen es su activo más importante, pues solo así lograrán su crecimiento y posicionamiento, consiguiendo contratos más grandes, más trabajo y, por ende, mayores ingresos.
El compliance no es tan solo un cúmulo de manuales ni de procedimientos, ni mucho menos documentación almacenable. El compliance debe ser considerado como una herramienta dinámica que permita controlar, supervisar y evidenciar que los colaboradores (de todas las jerarquías) no cometen delitos o infracciones en el desarrollo de su actividad económica, y que cualquier conducta contraria a ello no tiene respaldo de la empresa ni de sus directivos.
El éxito del compliance en una organización es el refl ejo del compromiso y dedicación de sus cabezas.